LEY PROMOCIÓN TRABAJO AUTÓNOMO
Reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social
ALTA INICIAL
|
Duración |
Cuota/2015 |
TARIFA PLANA |
6 meses |
50 € |
BONIFICACION 50% |
6 meses siguientes |
159,30 € |
BONIFICACIÓN 30% |
6 meses siguientes |
222,60 € |
HOMBRES MENORES DE 30 AÑOS Y MUJERES MENORES DE 35 AÑOS |
12 meses siguientes (no pueden haber estado de alta en los 5 años anteriores) |
222,60 € |
DISCAPACITADOS >33% y víctimas de violencia de género /terrorismo
|
Duración |
Cuota/2015 |
TARIFA PLANA |
12 meses |
50 € |
BONIFICACION 50% |
48 meses siguientes |
159,30 € |
Será de aplicación aunque el autónomo contrate trabajadores por cuenta ajena.
AUTÓNOMOS COLABORADORES (FAMILIARES)
(No pueden haber estado de alta como autónomos en los 5 años anteriores)
|
Duración |
Cuota/2015 |
BONIFICACIÓN 50% |
24 meses |
159,30 € |
BONIFICACIÓN 25% |
6 meses siguientes |
238,42 € |
FAMILIARES DE TITULAR DE EXPLOTACION AGRARIA
|
Duración |
Cuota/2015 |
BONIFICACIÓN 30% |
5 años |
156,52 € |
Compatibilización con el cobro de prestación por desempleo
Podrán compatibilizar el cobro de las prestaciones con el trabajo autónomo durante un máximo de 270 días (9 meses). Debe solicitarse en un plazo de 15 días siguientes a la fecha de alta como autónomo. Se excluyen las personas que ya hayan hecho uso de este beneficio, los que hayan cobrado el pago único en los 24 meses anteriores, ni los que realicen trabajo profesional para la empresa en la que anteriormente hubiesen estado contratados.
PAGO ÚNICO
Podrá solicitar el 100% de la prestación si: