MÓDULOS IRPF 2016
1. Nuevas magnitudes excluyentes de carácter general:
- Volumen de ingresos en el año inmediato anterior superior a 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales. Se computarán la totalidad de las operaciones, exista o no obligación de expedir factura. Las operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario, no podrán superar 125.000 euros.
- Volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas superior a 250.000 euros.
- Volumen de compras en bienes y servicios en el año inmediato anterior, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, superior a 250.000 euros.
2. Nuevas magnitudes excluyentes específicas.
Para las actividades de transporte de mercancías por carretera (Epígrafe 722) y los servicios de mudanzas (Epígrafe 757) el límite disminuye de 5 a 4 vehículos cualquier día del año.
3. Exclusión de las actividades incluidas en las Divisiones 3, 4 y 5 de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas sujetas a retención del 1% en 2015.